En el ámbito agrícola, los fenómenos meteorológicos, accidentes, tratamientos o actuaciones de terceros pueden generar perjuicios difíciles de explicar solo con fotografías. Un informe pericial agronómico ordena los hechos, analiza la causa, mide el daño y justifica la valoración para que la reclamación tenga una base técnica comprobable.
Redactamos informes y dictámenes que pueden aportarse ante aseguradoras, juzgados y administraciones. El documento no decide el resultado del expediente: explica qué se ha observado, qué datos sostienen la conclusión y qué incertidumbres permanecen.
Informe pericial de parte o peritación judicial
El informe pericial agronómico se encarga antes o al margen de un juicio: para reclamar a una aseguradora o a un tercero, negociar un acuerdo, responder a una administración o decidir si merece la pena litigar. Cuando ya existe un procedimiento, o el informe se va a aportar con una demanda y defender en sala, el encargo es una peritación judicial con perito agrónomo, que sigue las reglas de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Muchos casos empiezan con un informe de parte y continúan como dictamen judicial si no hay acuerdo.
¿Cómo se hace un informe pericial de daños en la cosecha?
Un informe pericial de daños en la cosecha cuantifica la pérdida de producción y, cuando puede acreditarse, el daño a la plantación, instalaciones o rendimientos. Parte de la visita de campo, fotografías georreferenciadas, aforos, histórico productivo y documentación del siniestro. Puede contrastar una peritación de seguro, apoyar una negociación o aportarse en un procedimiento.
¿Qué situaciones requieren un informe pericial?
Actuamos en una amplia gama de escenarios donde se hace necesaria la cuantificación de daños o la evaluación técnica de una explotación:
Daños por fenómenos meteorológicos
Evaluación de pérdidas en cosechas e infraestructuras agrarias causadas por heladas, pedrisco, inundaciones, viento o sequía. Puede servir para contrastar una peritación cuando la póliza y el expediente lo permitan. Si el siniestro está asegurado, vea el servicio de revisión de daños en cultivos y tasaciones de Agroseguro.
Daños por terceros y negligencias
Análisis de daños que puedan relacionarse con fitotoxicidad, deriva de herbicidas, incendios, fauna cinegética, robo o vandalismo. El informe debe separar los daños observados de la hipótesis de causa y no atribuir responsabilidad sin evidencia suficiente.
Conflictos de linderos y servidumbres
Elaboración de informes para la delimitación exacta de fincas, resolución de disputas por lindes, ocupaciones indebidas y establecimiento o modificación de servidumbres de paso y acueducto. Si el origen del problema es que su parcela no coincide con el Catastro, realizamos la medición georreferenciada y la subsanación de la discrepancia; y si el conflicto con el colindante ya está abierto, le explicamos cómo funciona un deslinde y amojonamiento.
Expropiaciones forzosas
Valoración de suelo, cultivos, instalaciones y perjuicios que estén técnica y causalmente justificados en un expediente expropiatorio. El detalle del encargo está en valoración de fincas rústicas expropiadas.
Nuestra metodología pericial
Adaptamos el trabajo al objeto de la reclamación y dejamos trazabilidad de las fuentes, mediciones y cálculos:
- Visita de campo y toma de datos: Inspección de la explotación con el alcance adecuado al caso, toma de fotografías georreferenciadas, medición de superficies y recogida de muestras si fuese necesario.
- Análisis técnico e investigación: Estudio de datos históricos, meteorológicos, análisis foliares/suelo de laboratorio y revisión del marco normativo aplicable al caso.
- Redacción del dictamen: Elaboración de un informe claro y estructurado que distingue hechos, hipótesis, método, valoración y límites de la conclusión.
- Ratificación en juicio: Si el proceso desemboca en los tribunales, defendemos y ratificamos el informe ante el juez aportando claridad técnica y solvencia profesional.
Documentación útil para la revisión inicial
- Localización y referencias de las parcelas afectadas.
- Fecha del siniestro y fotografías originales, sin editar, con su contexto.
- Póliza, parte, acta o valoración recibida si interviene una aseguradora.
- Histórico de producción, cuaderno de campo, facturas o albaranes relacionados.
- Comunicaciones con terceros, administración o compañía.
La revisión inicial permite decidir si basta una nota técnica, si hace falta visita y aforo, o si el caso requiere un dictamen completo y coordinación con abogado.
En seguros, el procedimiento pericial debe revisarse conforme al artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro y a las condiciones de la póliza.


